Derecho Corporaivo
El Derecho Corporativo en México no pertenece a una rama específica del derecho. No posee una legislación o codificación propia, llamada por ejemplo Ley de Derecho Corporativo o Código Corporativo. El Derecho Corporativo más bien agrupa otras especialidades o ramas del derecho para regular a las personas morales (sociedades) hacia el interior, en sí mismas, en cuanto a su constitución y a las relaciones entre las personas que las integran; y hacia el exterior, en sus relaciones con el Estado y con otras personas físicas o morales.
Sociedad – Empresa
En el concepto de Derecho Corporativo que hemos dado, nos referimos a las personas morales sociedades mercantiles. Las sociedades mercantiles son una unidad jurídica que engloba diversos elementos como son los socios, el capital aportado, la organización, el fin de carácter económico, el domicilio, la nacionalidad entre otros.
Las sociedades podrán actuar por conducto de sus representantes legales. La representación de toda sociedad mercantil corresponde a su administrador o administradores quienes a su vez podrán nombrar apoderados.
Contratos que Celebren las Sociedades
Una sociedad tiene su origen precisamente en un contrato social, el cual es celebrado entre los socios. Las sociedades a su vez celebran contratos con otras personas físicas y morales. Los contratos celebrados por las sociedades según la naturaleza de que se trate deberán cumplir con determinadas formalidades establecidas por la ley de la materia aplicable. En virtud de los mismos tanto las sociedades como las personas físicas o morales con quienes contraten adquirirán determinados derechos y obligaciones. Por ejemplo una sociedad celebra contratos laborales con sus trabajadores, contratos de proveeduría o suministro, de licencia, de arrendamiento, de compraventa, etcétera. Dichos contratos son regulados por diversas ramas del Derecho siendo algunas de ellas, el Derecho Laboral y el Derecho Mercantil.